Abogado de visa de cónyuge (K-3 / K-4) en Houston, TX

Visa de Cónyuge (K-3/ K-4)

A veces, el cónyuge y los hijos de un ciudadano estadounidense tendrán que entrar en el país más estrategia de lo que el proceso de Visa de inmigrante estándar permite, en su lugar, pueden entrar en el país a través del proceso de visa K-3/K-4.

La ley de Inmigración Legal de Equidad Familiar estableció las visas K-3/K-4 para permitir que un cónyuge o hijo de un ciudadano de los EE. UU. entrara en el Condado como no inmigrante. Una vez en el país, el titular de la visa puede completar el procesamiento para la residencia permanente.

Abogados de Visas para cónyuge (K-3/ K-4) en Houston, TX

Si usted está patrocinando una visa K-3 o K-4, lo mejor es pasar por el proceso bajo la guía de un abogado de inmigración con experiencia del grupo de leyes González. Nuestros abogados saben lo importante que es tener a su cónyuge o hijos con usted en los Estados Unidos y lucharán para que eso universitarios.

Llámenos hoy al (832) 530-4070 o envíe su información en nuestro formulario de contacto en línea para una consulta gratuita. Con sube asistimos a clientes con asuntos de inmigración en el área Metropolitana del Condado oprimido incluyendo Pearland, Baytown, Seabrook, la Porte, Pasadena, Galena Park, Friendswood y muchos otros.

Visa de Conyuge (K-3/K-4) en Houston, TX

 Quién es Elegible para una Visa K-3/ K-4?

Con el fin de ser elegible para un estudiado K3/ K-4, hay una serie de criterios que el peticionario debe cumplir. Hay requisitos mínimos para que un niño sea elegible para una visa K-4 e incluyen los siguientes:

  • El niño tiene menos de 21 años
  • El niño es soltero y es el hijo legal del solicitante de la visa K3

Los cónyuges que están buscando una visa K3, por otro lado, tienen una serie de requisitos que necesitan ser cumplidos con el fin de calificar. El cónyuge extranjero debe cumplir con los siguientes requisitos para calificar para una visa K3:

  • Tiene un matrimonio válido con un ciudadano de los Estados Unidos
  • Tiene una petición (Formulario I-130) presentada por el cónyuge que es Ciudadano estadounidense
  • Planes para entrar a los Estados Unidos a la espera de la aprobación de la petición de estatus legal de residente permanente

Proceso De Solicitud K-3/K-4

Como con cualquier solicitud de visa, hay una serie de pasos que involucran a numerosos departamentos de los Estados Unidos. El proceso de solicitud de una visa K-3/K-4 incluye los siguientes pasos:

  1. El cónyuge estadounidense debe presentar el Formulario I-130 (solicitud de Visa) a los servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. Si el cónyuge que necesita una visa K-3 tiene hijos que necesitan una visa K-4, el cónyuge ciudadano de los Estados Unidos no tiene que presentar un formulario separado.
  2. Después de que el cónyuge estadounidense reciba una notificación de acción (I-179) para el I-130, deben entonces presentar una petición de Visa de pareja (K-1) a USCIS
  3. Una vez que el USCIS apruebe la visa de novio, enviará un aviso al Centro nacional de visas (NVC) y luego transferirá el caso al Consulado de los Estados Unidos en el país del solicitante de la visa.
  4. Una vez que el Consulado recibe los archivos del caso, se le enviará al solicitante de la visa las instrucciones con respecto a los formularios, documentos requeridos y programar una entrevista. Después de una entrevista, el solicitante de la visa debe ser aprobado para la visa apropiada.
  5. Una vez que el cónyuge o hijo tenga su estudiado, podrá presentarlo en un aeropuerto, frontera u otro punto de entrada de los Estados Unidos. El cónyuge y el hijo serán examinados por un agente de Aduanas y patrulla Fronteriza, y si todo va bien, serán admitidos en los Estados Unidos.

Una vez que el cónyuge o hijo se encuentra en los Estados Unidos se espera que se aplique para el ajuste de la condición dentro de dos años de estar en el país. Vale la pena señalar que un niño debe ser presentado por separado al solicitar la ciudadanía estadounidense.

Beneficios y Limitaciones de la Visa K-3/ K-4

Además de reunirse con sus seres queridos, una vez admitido en los Estados Unidos, hay una serie de limitaciones y beneficios que tiene un titular de visa K-3/K-4. Los beneficios de un K-3/K-4 visa holder incluyen los siguientes:

  • Un titular de una visa K-3 es elegible para solicitar la ciudadanía de inmediato, mientras que un titular de K-4 debe tener un formulario I-130 en su nombre antes de que puedan solicitar el estatus de ajuste.
  • Ambos titulares de visas también son elegibles para trabajar en los Estados Unidos una vez que presenten una solicitud de Autorización de Empleo I-1765.

Hay sólo un pequeño número de limitaciones para los titulares de visas K-3/K-4, e incluyen las siguientes:

  • Ambos titulares de visa sólo se permiten en los Estados Unidos durante dos años antes de que su visa expire. Si su petición I-130 todavía está pendiente cuando la marca de dos años se acerca, el titular de la visa puede solicitar una extensión de dos años.
  • En caso de divorcio o anulación del matrimonio, el estudiado caducará automáticamente.

Recursos de visas adicionales para cónyuge (K-3/K-4) en Houston, TX

Visa de no inmigrante para cónyuges (K-3) siga Este enlace a la página de viajes del Departamento de Estado de los Estados Unidos para obtener información más detallada sobre las visas de cónyuge K-3. Parte de la información incluye el costo de la visa, la documentación requerida y la prueba de apoyo financiero. El Departamento de Estado de los Estados Unidos es un Departamento ejecutivo federal que representa al país en asuntos internacionales y política exterior.

K-4 nonimgrant Visa-Visite el sitio web de servicios de ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos para obtener más información acerca de las visas K-4. Parte de la información incluye la elegibilidad, la solicitud de la visa y la solicitud de una tarjeta verde. El Servicio de ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos es una agencia del Departamento de seguridad Nacional de los Estados Unidos que administra los servicios de inmigración del país.

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Solicitar una visa puede ser un proceso complicado que requiere una serie de formularios y documentación. Al elegir el Gonzalez Law Group para guiarlo a través del proceso, puede estar seguro de que será manejado adecuadamente.

Con sube ayudamos a las comunidades en el área Metropolitana del Condado oprimido incluyendo Pearland, Baytown, Seabrook, la Porte, Pasadena, Galena Park, Friendswood y muchos otros. Llámenos hoy mismo al (832) 530-4070 o envíe su información en nuestro formulario en línea para una evaluación de casos gratuita.

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